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Residir en Andorra
Residir en Andorra con un andorrano o con el titular de una autorización de residencia y trabajo, en el marco de la reagrupación familiar:
Ha de tenerse un domicilio en Andorra.
Si se cumple la condición, consultar el trámite B-1 para
autorización inicial
.
O bien el trámite B-2 para
autorización de renovación
.
Residir por razones de reagrupamiento con los jefes de las misiones diplomáticas, los agentes diplomáticos y el personal de la Administración que está en activo en el exterior:
Consultar el trámite B 1.1
para autorización inicial
.
Residir en Andorra durante al menos 90 días por año natural sin ejercer ninguna actividad laboral o profesional:
Ha de tener un domicilio en el Principado de Andorra.
Si se cumple la condición, consultar el trámite D-1 para
autorización inicial
.
O bien el trámite D-2 para
autorización de renovación
.
Residencia para nómada digital:
Consultar el trámite D.3
para autorización inicial
.
Residencia para participantes en programas para emprendedores:
Consultar el trámite D.4
para autorización inicial
.
Residir temporalmente en Andorra, durante estudios o investigaciones de carácter científico o similar previamente solicitadas.
Consultar el trámite F
para autorización inicial
.