Para facilitar la integración social y laboral de los emigrantes retornados existen distintos programas de actuación en favor de los mismos, se pueden ver en el siguiente enlace.
Los emigrantes retornados mayores de 45 años y menores de 65 pueden tener derecho a cobrar la Renta activa de inserción. Más información aquí.
También existen otras posibles ayudas para emigrantes retornados del Servicio Público de Empleo Estatal. Más información aquí.
Dependiendo de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, existe en España una Oficina Española del Retorno, donde le pueden ayudar y asesorar en cualquier asunto relacionado con su condición de emigrante retornado.
Sobre la Oficina Española del Retorno, consulte este Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior.
- Si es desplazado por trabajo a España y viene con su familia. Deberá traer el formulario AND/E-28 . Este documento deberá presentarlo en el centro de salud cuando vaya al médico.
- Si viene la familia a España y el titular del derecho sigue trabajando en Andorra, por cuenta propia o ajena, la seguridad social Andorrana deberá emitir el formulario AND/E-09.
- Si el trabajador y su familia vienen a España, no desplazado por trabajo, la seguridad social andorrana deberá emitir el formulario AND/E-06.
- Si el trabajador va a España para seguir un tratamiento médico, deberá aportar el formulario AND/E-12.
En todos estos casos deberá dirigirse al centro de salud mas cercano a su domicilio con el formulario correspondiente para recibir asistencia sanitaria en España. No tendrá derecho a cambiar su formulario andorrano por una tarjeta sanitaria española.
Para mayor información se debe contactar con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma donde se vaya a residir en España.
Dependerá del periodo de cotización previa a la salida de España.
Si se tuviese suficiente periodo de cotización con anterioridad a la salida del país y se reúnen los requisitos necesarios, es posible solicitar una prestaciones por desempleo en España.
Más información aquí.
El cómputo de los periodos cotizados en ambos paises, se realizará de conformidad con la normativa vigente.
Para una información más completa puede consultar el Convenio de Seguridad social entre el Reino de España y el Principado de Andorra.
Debe comunicar a todos los organismos que le abonan pensión (regímenes de base y pensiones complementarias), su cambio de dirección, así como notificar su nueva cuenta bancaria española en la que desee recibir la pensión. Para ello debe pedir a su banco que le emitan un certificado con sus datos personales, su número de cuenta bancaria, los códigos IBAN y BIC. Dicho documento deberá ir firmado y sellado por la entidad bancaria. Estos códigos son necesarios para efectuar las transferencias internacionales.
Antes de regresar a España, debe solicitar a la Seguridad social andorrana el formulario AND/E-21 que le cubrirá , de manera total, la asistencia médica en nuestro país
Si es también pensionista por España, no es necesario solicitar el formulario. A su llegada a España, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social de la provincia donde se instale o cualquiera de sus Agencias locales (CAISS), le informarán sobre la manera de obtener la tarjeta sanitaria de pensionista español.
Si está de alta en el Registro de Matrícula consular, deberá solicitar la baja de su inscripción como residente en el Consulado, a efectos de poder empadronarse en España.
El Consulado General de España en Andorra ofrece información sobre las gestiones que pueden realizarse en el mismo como alta y baja consular, registro civil, tramitación de pasaportes, certificados de residencia etc. Pulsando en el vínculo que se indica a continuación se puede acceder al Consulado General de España en Andorra.
Puede contactar con la Consejería de Educación de España en Andorra a través de los siguientes medios:
Portal: Consejería de Educación en Andorra
El enlace, en España, para el reconocimiento de títulos y diplomas es el siguiente:
Reconocimiento de títulos de Andorra en España
O bien, directamente con la Unidad Competente del ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en España:
Dirección: Torrelaguna, 58, Madrid. 28027
Teléfono: +34 91 506 55 93.
Fax: +33147235955
E-mail: naric@mecd.es
En cualquier caso, deberá conservar la documentación que acredite su titulación.
Si piensa que puede recibir algún tipo de notificación oficial, conviene dejar una dirección al efecto u optar por el servicio de reenvío de correspondencia.
Póngase en contacto con la agencia de la Hacienda Pública que le corresponda para señalar su marcha e indicar su nueva dirección.
Al llegar a España, es importante empadronarse en el Ayuntamiento del lugar de residencia.
Los documentos que debe conseguir antes de su traslado son los siguientes:
Le aconsejamos también consultar la Guía del retorno
Ver enlace - Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior
Puede consultar el Portal de las Migraciones del Ministerior de Inclusión, Seguridad social y migraciones aquí.