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Ley sobre incapacidad laboral de larga duración de incapacitados prematuros (Wajong")

Seguros de los Trabajadores
LEY DE INCAPACIDAD LABORAL DE LARGA DURACIÓN DE INCAPACITADOS PREMATUROS «Wajong»

En vigor desde el 01.01.1998.

Finalidad: Mediante esta prestación se procura garantizarles a las personas que hayan quedado incapacitadas prematuramente (antes de los 18 años) unos ingresos mínimos.

Prestaciones: Podrán causar derecho a la prestación los incapacitados para el trabajo que residan legalmente en el país y que:

-al cumplir los 17 años ya estén incapacitados para el trabajo en un grado del 25% o más;

-o queden incapacitados en dicho grado o mas a partir de dicha fecha y en el año anterior a la incapacidad hayan estado estudiando como mínimo durante 6 meses.

Se requiere, además, que la incapacidad laboral haya existido durante 52 semanas consecutivas (período de espera).

El interesado deberá notificar al organismo gestor la incapacidad laboral; podrá hacerlo hasta la decimotercera semana desde su inicio.

La solicitud para una prestación debe presentarse 3 meses antes de agotarse el período de espera de 52 semanas.

Grado de incapacidad Cuantía prestación
% de base reguladora
25%-35%
35%-45%
45%-55%
55%-65%
65%-80%
80% o más
21%
28%
35%
42%
50,75%
70%

 

La base reguladora es el Salario Mínimo Legal vigente

En caso de existir gran invalidez (que se necesite la ayuda constante de una tercera persona para realizar las actividades diarias habituales) se podrá aumentar la cuantía de la prestación hasta el 100% de la base reguladora .

Duración: Se tiene derecho a la prestación mientras que la incapacidad exista. De todas formas al cumplir los 65 años finaliza el derecho a esta prestación

Cotización: A cargo del Estado.