Cualquier ciudadano del Espacio Económico Europeo puede entrar en Irlanda mediante la presentación del Pasaporte o DNI en vigor. Ha de tener en cuenta que Irlanda no se encuentra dentro del llamado espacio Schengen, por lo que todavía existen controles de fronteras entre Irlanda y el resto de los Estados miembros de la Unión Europea.
Un principio básico de los Tratados Constitutivos de la Unión Europea es la libre circulación de trabajadores y, unido a él, el derecho a la igualdad de trato. Por tanto, cualquier trabajador nacional de un Estado miembro tiene derecho a iniciar una actividad laboral por cuenta propia o ajena en las mismas condiciones que un ciudadano irlandés.
En resumen, un ciudadano español que opte a un puesto de trabajo en Irlanda no necesita obtener ningún tipo de permiso o autorización administrativa previa, siendo solamente necesario que aporte su pasaporte o DNI en vigor, como acreditación de su condición de ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.
El número de Seguridad Social ("PPS number")
El español que llega a Irlanda por primera vez para trabajar deberá hacer las gestiones necesarias para obtener el número de Seguridad Social irlandés o "Personal Public Service Number" (PPSN).
El Personal Public Service Number (PPSN) es similar al número de la Seguridad Social en España. Además de para trabajar, es necesario para acceder a otros servicios públicos en Irlanda. Lo concede el Ministerio de Protección Social irlandés, generalmente se mantiene el mismo número toda la vida y se puede solicitar por vía telemática.
Enlaces con información general sobre el PPSN y el procedimiento para obtenerlo:
En el siguiente enlace se explica cómo solicitarlo desde fuera de Irlanda:
Una vez en Irlanda, lo que se exige a quien solicita un PPSN es, por un lado, la acreditación de identidad a través de dos medios de identificación (típicamente pasaporte y DNI), y la de residencia en el país, también a través de dos medios de prueba (por ejemplo, un contrato de alquiler y algún recibo de suministros o servicios).
Para más información, se puede acudir a cualquiera de los PPSN Centres repartidos por toda Irlanda. Si aún no se reside en el país, puede ponerse en contacto con los Servicios de Identidad del Cliente (CIS) del Ministerio de Protección Social irlandés (DSP). Puede hacerlo por:
Salario mínimo: Pay and Employment
Edad del trabajador |
Salario mínimo (€ / hora) |
Mayor de 20 años |
€13,50 |
19 años |
€12,50 |
18 años |
€10,80 |
Menor de 18 años |
€9,45 |
Dónde obtener más información y asesoramiento:
Aquí puedes encontrar una guía de los servicios que ofrece la Workplace Relations Commission (WRC), organismo encargado, entre otras funciones, de velar por el cumplimiento de los derechos laborales (de forma análoga a la Inspección de Trabajo en España), y prestar servicios de mediación, conciliación y asesoramiento.
En esta página web dispone de guías informativas en inglés y otros idiomas (entre ellos en español).
También se puede contactar:
Otros enlaces de interés:
Bajo la legislación Irlandesa, un/a au pair es una persona empleada en el ámbito de una familia, como un/a empleado/a doméstico/a, y por lo tanto debe de estar de alta en la Seguridad Social.
Consecuentemente, su derecho a cobertura sanitaria es a cargo de la Seguridad Social irlandesa, por lo que no procede el tramitarle un CPS o una TSE.
Muchos estudiantes en Irlanda también trabajan para ayudar a cubrir algunos de los costes de sus estudios. Los ciudadanos de cualquier país de la Unión Europea pueden trabajar a tiempo completo o parcial en Irlanda mientras cursan estudios, de forma análoga a los nacionales irlandeses.
Aunque no existe una definición legal del trabajo en prácticas (internship) en Irlanda, la mayoría de las empresas multinacionales ofrecen pasantías remuneradas, que en ocasiones suponen una vía directa hacia programas de posgrado.
Según la Workplace Relations Commission, aparte del empleo de familiares cercanos y la contratación de aprendices industriales registrados, no existe ninguna exención por ley de la obligación de pagar el salario mínimo. Por lo tanto, se aplica la normativa de salario mínimo a las prácticas laborales, pruebas de trabajo, pasantías y al trabajo por alojamiento y comida, independientemente de la duración del contrato.
Si se firma un contrato con una empresa en el que el puesto se define como de prácticas (internship), también se tienen otros derechos laborales básicos, como el derecho a un entorno de trabajo seguro, derechos de protección de datos, protección contra la discriminación, descansos y vacaciones adecuados y el derecho a afiliarse a un sindicato.
Por lo que respecta a la Seguridad Social, asistencia sanitaria y legislación laboral aplicable en el caso de desplazamiento temporal de trabajadores desde España a Irlanda:
1. Seguridad social:
Los trabajadores que ejercen una actividad por cuenta ajena al servicio de una empresa en España y son desplazados por cuenta de dicha empresa a realizar su trabajo para la misma en el territorio de otro país UE o del EEE por un periodo inferior a 24 meses podrán continuar sujetos a la Seguridad Social española, siempre que el desplazamiento no tenga como objeto sustituir a otro trabajador en el país de desplazamiento.
Es decir, estos trabajadores podrán continuar cotizando en España y estarán exentos de cotizar en el país de destino (en este caso, Irlanda).
Para formalizar el desplazamiento, deberá obtener un Certificado A1 ante la TGSS, que certificará que sigue sujeto a seguridad social española y recogerá el plazo de vigencia de ese desplazamiento. Tenga en cuenta que el plazo máximo de desplazamiento es de 24 meses, si bien es susceptible de prórroga, siempre que lo autoricen los órganos correspondientes -TGSS-. Es conveniente solicitar el certificado A1 antes de comenzar, especificando las fechas de inicio y fin del desplazamiento.
Más información en el siguiente enlace:
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/966/1819/1824
Puede solicitarlo en el siguiente enlace:
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/38626/39544
Si dispone de certificado digital o Cl@ve permanente puede acceder al servicio de la Sede Electrónica Solicitud Trabajadores Desplazados. Modelo TA 300 para gestionar telemáticamente su solicitud, por registro electrónico.
Una vez obtenido el certificado A1, deberá remitirse al Instituto de la Seguridad Social irlandés (Department of Social Protection), a la sección de International Postings, al correo electrónico: E101SPC@welfare.ie.
Más información en el siguiente enlace:
https://www.gov.ie/en/publication/3df362-operational-guidelines-prsi-prsi-special-collection-system/
2. Asistencia Sanitaria:
Por otra parte, a efectos de asistencia sanitaria, tendrá que obtener un certificado S1/E106 ante el INSS, que acredita que su asistencia sanitaria será prestada por el país de desplazamiento (en este caso, Irlanda), con cargo al sistema de seguridad social español.
El certificado S1 puede solicitarse en España en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o de forma electrónica a través del siguiente link:
https://pssc.seg-social.es/registro-s-1-cobertura-asistencia-sanitaria-espa%C3%B1a
Recuerde que una vez obtenido este S1 deberá remitirlo al Health Service Executive (HSE) de Irlanda, a través del siguiente email: pcrs.applications@hse.ie
Más información en:
https://www2.hse.ie/services/medical-cards/medical-cards-for-people-from-other-eu-countries.html
https://www.hse.ie/eng/staff/pcrs/medical-card-and-gp-visit-card-assessment-guidelines.pdf
Si el desplazamiento fuera inferior a 6 meses, no será necesario tramitar el certificado S1 (aunque siempre es recomendable), y podrá acceder a la asistencia sanitaria irlandesa con su Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) en vigor. Recuerde que esta Tarjeta cubre únicamente la asistencia sanitaria necesaria y de urgencia.
Podrá solicitar esa TSE de una forma sencilla, a través de la sede electrónica del INSS. Asimismo, también podrá obtener de forma inmediata el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que podrá usar mientras recibe la TSE.
Vías para solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE):
Importante:
Al margen de lo expuesto, recuerde que en virtud de la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a alta de los trabajadores desplazados, y al tratarse Irlanda de un país que tiene instrumento de coordinación en seguridad social con España (Reglamentos Comunitarios); los trabajadores españoles desplazados a Irlanda podrán mantenerse en situación asimilada al alta en el sistema de seguridad social español, una vez superado el plazo máximo de desplazamiento (24 meses más prórrogas), siempre que medie un acuerdo entre empresario y trabajador y la empresa abone las cotizaciones a la seguridad social correspondientes.
Recuerde que se trata de cotizaciones voluntarias, que incluyen en su acción protectora las prestaciones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia por contingencias comunes y jubilación, si bien la asistencia sanitaria queda fuera de su ámbito de protección.
Esta situación de alta asimilada podrá mantenerse mientras siga vigente el contrato original que motivó el desplazamiento y aun cuando el trabajador se desplace a otro país.
Más información: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-16892
3. Legislación laboral:
Por último, recuerde que, a efectos de legislación laboral, es obligatorio notificar el desplazamiento a la Workplace Relations Commission (WRC) de Irlanda, organismo competente en el desplazamiento trasnacional de trabajadores, a través del siguiente formulario:
https://www.workplacerelations.ie/en/what_you_should_know/employment_types/posted%20workers/posted_workers.html. Dicho formulario ha de ser remitido al siguiente correo electrónico: WRCpostedworkers@workplacerelations.ie
Recuerde que el trabajador desplazado tendrá que cumplir con la legislación irlandesa laboral.
Más información en:
Ello incluye, entre otras obligaciones, el abono del salario mínimo irlandés National Minimum Wage (NMW), consulta aquí su cuantía.”
Puede consultar información general sobre el NMW y su forma de cálculo en:https://www.workplacerelations.ie/en/what_you_should_know/hours-and-wages/national%20minimum%20wage/
Igualmente, en la línea de atención telefónica de la WRC: 0818 80 80 90 o 00 353 59 917 8990 (De lunes a viernes, de 9:30 a 17:00 horas).
Web de trabajadores desplazados de la Seguridad Social de España.
Cuando trabaja en un Estado miembro de la Unión Europea y a lo largo de su vida laboral cotiza en más de un estado, los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social le garantizan que las cotizaciones realizadas le serán siempre tenidas en cuenta a la hora de acceder a alguna prestación, como por ejemplo desempleo, incapacidad o jubilación.
Lo que no es posible es trasladar las cotizaciones de un país a otro. Es decir las cotizaciones quedan en el Estado miembro de la Unión Europea donde las ha abonado, pero cuando solicite una prestación en otro Estado diferente, estas cotizaciones siempre van a ser tomadas en cuenta. Las reglas varían dependiendo de la prestación que se solicite.
Lo que no es cierto es que se pueda trasladar el tiempo cotizado en Irlanda a su vida laboral en España. Las cotizaciones siguen constando en la Seguridad Social irlandesa y son válidas a afectos de totalización de periodos, tal y como indicamos en el párrafo anterior.
Si ha trabajado en Irlanda y en otros Estados de la Unión Europea deberá indicarlo porque sus cotizaciones en otros países le pueden ayudar a adquirir el derecho a prestaciones.
Más información:
Como ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, no necesita ningún permiso.
Cualquier ciudadano del Espacio Económico Europeo puede entrar en Irlanda mediante la presentación del Pasaporte o DNI en vigor. Ha de tener en cuenta que Irlanda no se encuentra dentro del llamado espacio Schengen, por lo que todavía existen controles de fronteras entre Irlanda y el resto de los Estados miembros de la Unión Europea.
Para más información, consulta nuestra guía de asistencia sanitaria en Irlanda.
Además de sus documentos de identificación personal (pasaporte, DNI) es conveniente que viaje con:
Información Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y Certificado Provisional Sustitutorio (CPS)
Si no se puede obtener la Tarjeta Sanitaria Europea, podrá solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que tiene una validez de 90 días desde su fecha de inicio.
La vida laboral de España no refleja los períodos cotizados en el extranjero, únicamente las situaciones de alta y baja en la Seguridad Social en España. Si deseas solicitar una vida laboral de tus períodos cotizados en Irlanda, deberás hacerlo de manera independiente. A continuación te detallamos las diferentes vías por las que puedes hacerlo.
Lo primero que debes tener en cuenta es que hay dos tipos: el Contribution Statement y el Employment Detail Summary. Puedes solicitarlos mediante cualquiera de las siguientes vías:
En Irlanda puedes solicitar un Informe de Vida laboral (Contribution Statement), en el que se acrediten las cotizaciones al PRSI realizadas hasta el final del último año fiscal y cuantos “créditos” se han recibido. Únicamente aparecerán reflejados los años cotizados. No constarán las empresas en las que ha trabajado ni el tiempo trabajado en las mismas. Ten en cuenta que, entre los datos solicitados, te pedirán el Personal Public Services Number (PPSN), nombre y apellidos, dirección actual y fecha de nacimiento.
Puedes solicitarlo mediante cualquiera de las siguiente vías:
Es la forma más rápida y sencilla. Es necesario registrarse en este enlace. Si no tienes cuenta, debes crearte una y solicitar la vida laboral, la cual te será enviada por correo postal.
Llamando al teléfono +353 1 471 5898 (desde fuera de Irlanda) o (01) 471 5898.
Solicitándolo mediante email a contributestatement@welfare.ie
Enviando una carta solicitando tu “Social Insurance Contributions Record” y una prueba de tu dirección (copia de una factura reciente etc. con la dirección de España) a fin de que actualicen tu dirección en sus archivos y te puedan expedir la vida laboral. La carta debes enviarla a:
The Record Section – PRSI Records
Department of Employment Affairs and Social Protection McCarter’s Road
Ardarvan Buncrana, Co. Donegal Irlanda
Puedes obtener mayor detalle solicitando su Employment Detail Summary a través de myAccount de Revenue. Este Informe incluye detalles de tus ingresos, además de los impuestos, PRSI y Universal Social Charge por cada uno de los empleadores que hayas tenido. Estos informes anuales se publican en enero del año siguiente.
Para solicitarlo, debes iniciar sesión en myAccount y seguir estos pasos:
Si aún no tienes acceso a “myAccount”, puedes registrarte en myAccount en el portal de Revenue. Salvo que estes exento de usar los servicios on line, debes registrarse y solicitar tu Informe de datos de empleo en formato digital. Si estás exento de utilizar la modalidad on line, puedes contactar con tu oficina de Hacienda para solicitar una copia impresa de tu Informe de datos de empleo.
Para más información, visita la página oficial aquí.
Puedes solicitar y obtener tu Informe de Vida Laboral, en el que se acredite el tiempo de empleo cotizado en España, mediante cualquiera de las siguientes vías:
Puedes solicitar tu vida laboral a la Seguridad Social de España usando tu número de teléfono móvil. Para ello, debes seguir los siguientes pasos:
Primero, deberás dar de alta tu número de móvil en la Seguridad Social. Puedes hacerlo rellenando el formulario que encontrarás en este enlace.
Necesitarás:
¡ATENCIÓN! Si registras un número de teléfono irlandés, deberás indicar el prefijo +353 en la casilla correspondiente, y tu número de teléfono móvil deberás indicarlo sin el primer 0.
Una vez que lo hayas registrado y recibas la confirmación, podrás solicitar tu vida laboral usando tu número de teléfono a través de este enlace.
Si dispones de Certificado de firma digital (si deseas solicitar Certificado electrónico ir al siguiente ENLACE).
Si no dispones de certificado de firma digital, puedes solicitar un Informe de Vida laboral cumplimentando el siguiente formulario: Solicitud de vida laboral sin certificado digital.
Ten en cuenta que el Informe te lo remitirán al domicilio que conste en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, que normalmente será la última dirección que tenías en España. Por tanto, los datos señalados en este formulario deben coincidir con los existentes en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Utilizando este modelo de Solicitud por escrito. Puedes enviarlo directamente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en la que estuviste cotizando en último lugar, antes de tu salida de España.
Ten en cuenta que el Informe te lo remitirán al domicilio que conste en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, que normalmente será la última dirección que tenías en España. Por tanto, los datos señalados en este formulario deben coincidir con los existentes en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Puedes consultar la Red de Oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (Direcciones Provinciales) haciendo clic aquí.
Si deseas recibirlo en tu domicilio en Reino Unido, puedes solicitarlo a través de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Reino Unido e Irlanda en el correo electrónico irlanda@mites.gob.es.
Más información en este ENLACE.