Brexit y Trabajar en Reino Unido

Es recomendable llevar los siguientes documentos:

Pasaporte en vigor. Tenga en cuenta que si viaja con un Pasaporte cuya pérdida o sustracción hubiera denunciado a la Policía, aunque posteriormente lo hubiera recuperado, desde el momento de la denuncia ese documento queda anulado y NO puede ser utilizado para viajar. La Policía británica es muy estricta al respecto, por lo que confiscará de inmediato el Pasaporte en el control de entrada, sin que pueda recuperarse, lo que exige la emisión de documentación de viaje de emergencia. http://www.exteriores.gob.es/Consulados/LONDRES/es/Consulado/Paginas/Recomendaciones.aspx?IdP=150

Certificado de antecedentes penales:

Se requieren sobre todo en profesiones relacionadas con el cuidado de menores o de carácter sanitario. Se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Justicia: 

Importante: Cuando el certificado de antecedentes penales haya de surtir efectos en el extranjero, necesita ser legalizado. Debe indicarse en la solicitud el país de destino del documento (legalización única o Apostilla de La Haya). 

Más información:

Títulos académicos y profesionales.

Información sobre homologación de titulaciones en Reino Unido y España y el siguiente enlace.

Referencias profesionales (cartas de recomendación de las empresas o instituciones en las que se haya trabajado en las que conste el puesto de responsabilidad desempeñado, período, etc.).

Puede solicitar el National Insurance Number si vive en el Reino Unido y tiene derecho a trabajar.

La solicitud la puede realizar online y tiene que aportar los siguientes documentos:

- el pasaporte o el documento nacional de identidad

- el permiso de residencia biométrico (BRP)

 

Más información: https://www.gov.uk/apply-national-insurance-number

Asistencia sanitaria

Sí. En el proceso de solicitud de visado para trabajar es necesario abonar la tasa de sanidad para inmigrantes (Immigration Health Surcharge-IHS) que le dará derecho a recibir atención médica gratuita a través del Servicio Nacional de Salud  (National Health Service-NHS).

En el Reino Unido la condición de asegurado en el Servicio Público de Salud británica se adquiere por razón de residencia y no de alta en el sistema de Seguridad Social. En principio tienen derecho a ser usuarios del Sistema aquellas personas que reúnen la condición de residente habitual en el país.

Más información: Información útil - Sanidad

Retorno

IMPUESTOS

No es cierto que todos los impuestos que has pagado en el Reino Unido te los devuelven al dejar el país.

La devolución de impuestos sólo se realiza en el caso de que el contribuyente haya pagado más de lo que esté obligado por sus ingresos.

Lo que ocurre es que es posible que si no has trabajado un año fiscal completo o si cuando llegaste te aplicaron el código de impuestos de emergencia y la empresa no te reembolsó nada, hayas pagado más impuestos de los que realmente te correspondía. Entonces, cuando te vas a España puedes pedir la devolución de estos impuestos aunque no haya finalizado el año fiscal.

Es conveniente que rellenes el documento P85. Es el documento indicado para comunicar al HM Revenue & Customs (Agencia Tributaria británica) que dejas el Reino Unido y que quieres dejar aclarada tu situación fiscal antes de abandonar el país por lo que solicitas su revisión y, en caso de que las cantidades retenidas a cuenta sobrepasen la obligación fiscal del contribuyente, se realice la devolución de impuestos que pudiera corresponder. En caso contrario, es decir, que hayas pagado menos impuestos de los que te corresponde, te lo notificarán por escrito para que abones las cantidades pendientes.

Por otro lado, si tienen alguna notificación que efectuarte te lo harán llegar a tu nuevo domicilio en España. Ten en cuenta que normalmente el HM Revenue & Customs suele imponer una sanción si no respondes a cualquier tipo de notificación, ya que éstas irían dirigidas al último domicilio conocido en el Reino Unido, y así lo podrías evitar.

Solicitud P85: https://www.gov.uk/government/publications/income-tax-leaving-the-uk-getting-your-tax-right-p85

El P85 una vez cumplimentado debes enviarlo con las partes originales 2 y 3 del P45 a:

      HM Revenue & Customs 
      Pay As You Earn
      BX9 1AS

Teléfonos: Desde Reino Unido: 0845 300 0627
                  Desde España: 0044 135 535 9022

Por otro lado, y en caso de que el HM Revenue & Customs haya procedido a realizarte una devolución de impuestos, no existe prohibición alguna para que puedas regresar al país en cualquier momento. Sólo deberás notificar al HM Revenue & Customs que has regresado y que estás trabajando, para que te realicen un reajuste en tu código de impuestos en el caso de que vuelvas dentro del mismo año fiscal en el que te hayan hecho la devolución.

En el siguiente enlace puedes comprobar los impuestos que has pagado:
https://www.gov.uk/check-income-tax
https://www.gov.uk/check-income-tax-last-year
http://www.hmrc.gov.uk/gds/calcs/stc.htm

Tienes más información sobre este tema en el siguiente enlace sobre retenciones salariales en concepto de impuestos.

También puedes ampliar información en la página de la Agencia Tributaria británica "HM Revenue and Customs":

http://www.hmrc.gov.uk/incometax/index.htm
https://www.gov.uk/tax-right-retire-abroad-return-to-uk
https://www.gov.uk/claim-tax-refund/too-much-tax-taken-from-your-pay

Trabajar en Irlanda

Además de sus documentos de identificación personal (pasaporte, DNI) es conveniente que viaje con:

  • La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) o Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Con estos documentos puede acceder a la asistencia sanitaria necesaria de acuerdo con la normativa y criterios médicos que se emplean en este país. La TSE no es válida cuando el desplazamiento tenga como finalidad recibir tratamiento médico. Puede solicitarla online, a través de la página web de la Seguridad Social:

Sede - Seguridad Social  

Más información

Si no se puede obtener la Tarjeta Sanitaria Europea, podrá solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que tiene una validez de 90 días desde su fecha de inicio, en el siguiente enlace: Sede - Seguridad social  
En caso de accidente o enfermedad grave no está incluido el traslado al país de origen salvo en circunstancias muy excepcionales. Si quiere tener cubiertas todas estas contingencias debe acudir a un seguro privado.

  • Formulario U1 (antiguo E301): Con el formulario U1 se acreditan las cotizaciones realizadas en España a fin de que éstas puedan tenerse en cuenta para el cálculo de futuras prestaciones contributivas por desempleo en Irlanda. Para más información contacte con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Certificado de antecedentes penales: Muchos empleadores solicitan la presentación de este documento junto con el curriculum vitae, sobre todo en profesiones relacionadas con el cuidado de menores o de carácter sanitario. Se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Justicia.

Importante: Cuando el Certificado de antecedentes penales ha de surtir efectos en el extranjero, necesita ser legalizado. No se olvide de advertirlo cuando lo solicite, haciendo referencia al país de destino del documento (Legalización única o Apostilla de la Haya).

Información y solicitud en el siguiente enlace: Sede - tramites

  • Títulos académicos y profesionales, mejor si son traducidos. Algunas instituciones podrían pedirle un certificado en el que el traductor confirme sus cualificaciones. Además es aconsejable que se acredite el título para el ejercicio de las profesiones reguladas por la Directiva 2005/36/CE a efectos de su ejercicio en otro país de la Unión europea.

Más información:

Servicios al ciudadano - estudios universitarios

Europa - recognition of professional qualifications

  • Referencias: (En caso de tenerlas, deberán estar correctamente traducidas)
  1. Profesionales: Cartas de recomendación de las empresas/instituciones en las que se haya trabajado o para las que se haya trabajado por cuenta propia, en las que indique categoría laboral, puesto de responsabilidad, etc.
  2. Bancarias
  3. De vivienda: En caso de haber alquilado/arrendado con anterioridad

Si tiene carnet de conducir, no olvide traerlo. Es válido en Irlanda durante estancias temporales y, si decide quedarse una temporada, puede canjearlo fácilmente por el carnet irlandés.

La crisis económica y la necesidad de encontrar trabajo han dado lugar a una serie de actividades fraudulentas. La mayoría son presuntas agencias de empleo que ofrecen sus servicios a través de Internet, por lo que conviene ser cauteloso a la hora de utilizar sus servicios.

  • Tenga en cuenta que
    • Utilizan el nombre de empresas reales para confundir al candidato. Compruebe la existencia de la empresa y llame directamente al departamento de Recursos Humanos de esa empresa para comprobar si existe realmente esa vacante.
    • Usan el nombre de agencias de empleo importantes suplantando su página web.
    • Nadie contrata a través de la red sin una entrevista previa (en cualquier empresa seria tendrá que pasar incluso por más de una entrevista).
    • La dirección de email de quien publica la oferta de empleo suelen ser de dominios generalistas (hotmail, gmail, yahoo, etc.).
    • Los números de teléfonos que facilitan suelen ser móviles.
  • Sea precavido
    • Debe ser prudente con las ofertas llamativas que anuncian sueldos espectaculares y excelentes condiciones laborales. Debe ser motivo de desconfianza un salario “muy superior” a la media del mercado.
    • Rechace cualquier oferta que tenga como condición el pago previo de alguna cantidad (no adelantar dinero nunca, ni facilite datos de su tarjeta de crédito). Normalmente las empresas utilizadas para el envío de dinero son Western Union o Money Gram. Las excusas más usadas son:
      • Pagar gestiones administrativas ante las autoridades irlandesas.
      • Acreditar solvencia económica suficiente antes de desplazarse a Irlanda.
      • Depósito para reservar alojamiento cuando éste es ofrecido por la propia empresa.
    • No facilite, en ningún caso, datos personales, bancarios, documentos de identificación, fotografías, direcciones, e-mail, etc., sólo tratan de captar datos de forma fraudulenta, de los que en algún momento pueden hacer uso (vender a otros estafadores, robo de identidad, etc.).
    • A veces la dirección de correo electrónico parece genuina pero cuando haces clic te envía a una dirección diferente. Comprueba siempre la dirección real en el correo electrónico que estás enviando.
    • Los trabajadores españoles, en su calidad de ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, no necesitan ningún tipo de visado, permiso de trabajo o autorización administrativa previa para ocupar un puesto de trabajo en Irlanda, por lo que en ningún caso pueden cobrar cantidad alguna por ayudar en la tramitación de alguno de estos documentos.
  • Atención especial a las/os AU PAIR
    • En el caso de las/os AU PAIR siempre siguen el mismo patrón: familia ejemplar (incluso le adjuntarán foto), siempre trabajan como médicos o importantes hombres de negocios. Además le proporcionarán el email de su abogado o agencia de viajes que le ayudarán con el papeleo.
    • Las condiciones de trabajo y el salario que le ofertan no se corresponde con la realidad.
    • Le pedirán que envíe una cantidad de dinero a través de Western Union o Money Gram (usados habitualmente en las estafas porque no dejan rastros de las transacciones que se realizan), con la excusa de que el organismo irlandés exige pruebas de solvencia económica para desplazarse a Irlanda o que necesita permiso de trabajo, visado, etc.
    • En otras ocasiones le dirán que realice el ingreso a su propio nombre (en un intento de dar confianza y que sólo Vd. pueda disponer del dinero). Tenga en cuenta que posiblemente ya hayan obtenido copia de su documentación y puedan cobrarlo en su nombre.
  • Si ha sido víctima de un FRAUDE
    • Si ha sido objeto de algún tipo de estafa denúncielo ante las autoridades policiales enviando toda la información de la que disponga.
    • En Irlanda puede contactar con la Policía: Garda Bureau of Fraud Investigation.
    • En España, la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Judicial es la especialista. Formulario de contacto.

Más información:

Si está percibiendo prestación/subsidio por desempleo en España y tiene intención de desplazarse a Irlanda, existen tres posibilidades:

  • Exportar la prestación
  • Suspender la prestación hasta su regreso a España
  • No solicitar la prestación si tiene pensado ir al extranjero

a) Exportar la prestación/subsidio:

Los Reglamentos de la Unión Europea prevén que pueda solicitar la exportación de la prestación cuando sale del país con el objeto de buscar trabajo en otro Estado miembro de la Unión Europea, con ciertas condiciones:
Es necesario que haya estado como demandante de empleo en España al menos 4 semanas, trasladarse para buscar trabajo y ser beneficiario de la prestación por desempleo.

Debe solicitar ante la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la exportación de la prestación antes de salir de España, diciendo con exactitud en qué fecha piensa desplazarse a Irlanda. Le entregarán un documento llamado U2.

Una vez en Irlanda debe inscribirse como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo irlandeses  que corresponda a su domicilio, en los primeros 7 días, a contar desde la fecha de salida de España, que debe ser la misma que figure en el documento U2. Previamente tendrá que solicitar el PPS Number (vea cómo obtenerlo).

Aunque es España quien le paga, debe cumplir todos los requisitos de la legislación irlandesa para demandantes de empleo.

La prestación/subsidio se exporta por un período de 3 meses, que se puede prorrogar por otros 3 meses más, como máximo.

Puede obtener información y ayuda sobre este tema:

  • En su oficina del Servicio Público de Empleo Estatal
  • En la web tiene información en estos enlaces:

- Servicio Público de Empleo Estatal:
Sepe - me traslado al extranjero  
Sepe - distributiva prestaciones  
- Department of Social Protection

 b) Suspender la prestación hasta su regreso a España

El derecho a la percepción de la prestación por desempleo se puede suspender por los siguientes motivos:

  • Cuando se traslada al extranjero para trabajar o buscar activamente trabajo. 
  • Para realizar estudios que mejoren su preparación profesional. 
  • Acciones de cooperación internacional

En todo caso, debe tener en cuenta que la salida al extranjero debe estar previamente comunicada y autorizada por la Entidad Gestora y el período de permanencia en extranjero debe ser inferior a 12 meses. En este caso, al regresar a España puede solicitar la reanudación de la prestación.

Si su estancia en el extranjero es igual o superior a 12 meses, NO tiene derecho a reanudar el cobro.

 Debe tener en cuenta que si la salida al extranjero, por cualquier causa, es superior a 15 días y no supera los 90, la prestación se interrumpe. Si es por tiempo superior y no lo es por alguna de las causas citadas anteriormente, la prestación se extingue.

 Si viaja a Irlanda por un periodo que no supere los 15 días, puede solicitar autorización en su oficina de prestaciones y seguir cobrando el desempleo. PERO CUIDADO, sólo por 15 días.

c) No solicitar la prestación por desempleo si tiene pensado ir al extranjero.

Consulte con su Oficina de Empleo la posibilidad de no hacer uso de su prestación por desempleo y poder solicitarla a su regreso a España.

Si había trabajado en España en los 6 años anteriores a su salida al extranjero, puede solicitar una prestación contributiva por desempleo si reúne 360 días cotizados antes de su salida o un subsidio si antes de su salida había cotizado entre 90 y 359 días.

Seguridad Social

En Irlanda puede solicitar un Informe de Vida laboral, en el que se acredite el tiempo de empleo cotizado a la Seguridad Social irlandesa. Únicamente aparecerán reflejados los años cotizados. No constarán las empresas en las que ha trabajado ni el tiempo trabajado en las mismas. Tenga en cuenta que entre los datos solicitados le pedirán el Personal Public Services Number (PPSN), nombre y apellidos, dirección actual y fecha de nacimiento.

Estas son las opciones:

1.- A través de MyWelfare. Tiene que registrarse. Si no tiene cuenta la tiene que crear, solicitar la vida laboral y se la enviarán por correo postal.

2.- Llamando al teléfono 00 353 1 471 5898 or 1890 690 690.  Marcar opción 4 (International PRSI Record)

3.- Solicitarlo por email: CSTgeneralqueries@welfare.ie

4.- Enviando una carta, a la dirección que le indicamos, solicitando su “Social Insurance Contributions Record” y una prueba de su dirección (copia de una factura reciente etc. con la dirección de España) a fin de que actualicen su dirección en sus archivos y le puedan expedir la vida laboral.

The Record Section – PRSI Records

Department of Employment Affairs and Social Protection

McCarter’s Road

Ardarvan

Buncrana,

Co. Donegal

Irlanda

Más información: https://www.welfare.ie/en/Pages/secure/RequestSIContributionRecord.aspx

Por otra parte, puede solicitar una vida laboral detallada (Employers Statement) en la que conste la relación de las empresas en las que ha trabajado. Para ello debe solicitarlo expresamente a través de un escrito. Incluya su nombre y apellidos, dirección actual, fecha de nacimiento, PPS Number, y los años que está solicitando (tenga en cuenta que no tienen datos de empresas anteriores al año 1979).

Tiene que remitirlo a la siguiente dirección de correo: CSTgeneralqueries@welfare.ie

 

Cuando un ciudadano trabaja en un Estado miembro de la Unión Europea y a lo largo de su vida laboral cotiza en más de un estado, los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social le garantizan que las cotizaciones realizadas le serán siempre tenidas en cuenta a la hora de acceder a alguna prestación, como por ejemplo desempleo, incapacidad o jubilación.

Las normas de coordinación de la Unión Europea prevén la “totalización de períodos”, lo que significa que los periodos de seguro o empleo adquiridos en el marco de la legislación de un Estado miembro se computan, para determinar el derecho a una prestación según la legislación de otro Estado miembro.

Lo que no es posible es trasladar las cotizaciones de un país a otro. Las cotizaciones siguen constando en la Seguridad Social del país donde las ha abonado y son válidas a afectos de totalización de periodos.

Este principio garantiza que a la hora de decidir si un trabajador cumple los requisitos establecidos para tener derecho a una pensión, si el periodo durante el cual ha estado asegurado en un Estado miembro no es lo suficientemente largo como para adquirir el derecho a pensión en ese país, se tendrá en cuenta cualquier periodo de seguro que haya cubierto en otros países.

Si ha exportado la prestación/subsidio de desempleo tiene un plazo de 7 días, desde la autorización de la exportación de las prestaciones por desempleo, para inscribirse en los servicios públicos de empleo irlandeses Jobs Ireland, con el documento de exportación que le hayan facilitado en la oficina española del Servicio Público de Empleo Estatal (Documento U2). Previamente tendrá que solicitar el PPS Number (vea cómo obtenerlo).     

Puede encontrar información sobre el Jobs Ireland más próximo a su zona: http://www.welfare.ie/en/Pages/List-of-Social-Welfare-Local-and-Branch-Offices-by-County.aspx

En todo caso es importante que sepa que, aunque esté cobrando una prestación/subsidio por desempleo española, las normas que como demandante de empleo debe seguir, una vez haya exportado la prestación, son las de Irlanda.

Más información:

Moving to another EU Country holder

Coming to work in Ireland