Ministerio de Trabajo y Economía SocialMinisterio de Trabajo y Economía Social

Salario mínimo interprofesional, cuotas y prestaciones

SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL,
CUOTAS Y PRESTACIONES
(vigentes al  01.01.2008)

 

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL MENSUAL BRUTO PARA PERSONAS DE 23 AÑOS O MAS Cuantía en Euros
1.335,-

 

 

CUOTAS

 

Seguros Sociales Generales (%)
(Cotización abonada al fisco)
  AOW ANW < AWBZ AKW
Empleadores - - - -
Asalariados 17,90 1,10 12,15 -

 

Las cotizaciones para los seguros nacionales y los impuestos sobre los rendimientos del trabajo se recaudan por el fisco en una única cantidad. Para el cálculo de las cotizaciones se tendrán en cuenta los ingresos hasta un máximo de € 31.589 por año.

 

Seguros de los trabajadores (%)
(Cotizaciones abonadas a los organismos de gestión social)
  WAO/WIA(base) WAO
(diferencial)
WGA ZVW < WW
(Awf)1
WW
(Sfn)2
WW
(Supl)3
Empleadores 5,65 0,15 0,57> 7,20 4,75 1,02 0,34
Asalariados - - - - 3,50 - -

1) Fondo General para el desempleo
2) Fondo sectorial (cuota media sector)
3) Suplemento cuota sectorial

WAO (Prestación por incapacidad laboral de larga duración de trabajadores por cuenta ajena)

Las cuotas se componen de tres partes:

    • cuota general WAO, porcentaje fijo que corre a cargo del empresario.
    • cuota diferenciada WAO, que varía en función de la empresa. Porcentaje variable que aumenta o disminuye en función del número de solicitudes de incapacidades laborales. Para las grandes empresas se fija por empresa y para las pequeñas empresas se diferencia según el sector.
    • cuota diferenciada WGA, que se recauda individualmente, fijada para 2008 en el 0,57%.

Los empleadores podrán asumir directamente los riesgos cubiertos por la WAO. En este supuesto sólo abonarán la cotización base WAO/WIA.

Los empleadores que empleen trabajadores minusválidos o mayores, pueden obtener una disminución de las cargas. Las cuotas WAO se calculan sobre un salario diario de hasta un máximo de € 177,03 por día.


WIA (Ley de Trabajo e Ingresos según Capacidad para el Trabajo)

Para los nuevos casos de incapacidad para el trabajo iniciados a partir del 1 de enero de 2004 ya no será de aplicación la Ley "WAO", sino la Ley "WIA", entrada en vigor formalmente a partir del 29 de diciembre de 2005.  La Ley "WIA" consta de dos partes:

* La Regulación de Reanudación del Trabajo por Incapacitados Laborales Parciales ("WGA").
* La Regulación de Previsión de Ingresos para Incapacitados totales para el Trabajo ("IVA").
Para información más detallada ir a la página sobre Seguros de los Trabajadores.

Financiación: Los costes de la Regulación "WGA" se financiarán desde el año 2007 mediante una cuota básica y otra diferenciada que correrá a cargo de los empresarios.

Los empresarios pueden asegurar en el UWV el riesgo económico de la incapacidad parcial o correr por si mismos con dicho riesgo (y eventualmente concertar un seguro al efecto con una aseguradora privada). Si el riesgo se asegura en el "UWV" el empresario abonará la cuota diferenciada a partir del año 2007, cuya cuantía dependerá de la empresa de que se trate: Una cuota máxima para grandes empresas y una cuota mínima y máxima para los pequeños empresarios.

El empresario, desde 2007, podrá deducir hasta como máximo el 50% de la cuota "WGA" del salario neto del trabajador. El empresario  podrá negociar con los trabajadores y concertar acuerdos al respecto, aunque no tiene la obligación de hacerlo.

La cuota de la Regulación "IVA" será totalmente abonada por los empresarios y consiste en una parte básica y otra diferenciada. La cuota básica es obligatoria e igual para todas las empresas (hasta el año 2008).

En el caso de la Regulación "IVA" los empresarios también pueden asegurar el riesgo en el "UWV" o correr ellos con el mismo (concertando eventualmente un seguro con una aseguradora privada). En caso de elegir correr por si mismos con el riesgo, los empresarios no deberán abonar la cuota diferenciada. En ese caso abonarán (ellos mismos o la aseguradora con la que se haya concertado el correspondiente seguro) la prestación de los trabajadores incapacitados durante los primeros cuatro años.
 

ZVW (LEY DEL SEGURO DE ASISTENCIA SANITARIA)

Se trata de un seguro contra gastos de asistencia sanitaria. Todos los habitantes de Holanda que están asegurados obligatoriamente en virtud del seguro "AWBZ" (Seguro Nacional de Gastos Especiales de Asistencia Sanitaria) están obligados a concertar un seguro "ZVW" ya que cualquiera que necesite asistencia sanitaria tiene que poder recibir la misma.

El seguro prevé un paquete básico de prestaciones. Además, existe la posibilidad de concertar individualmente un seguro complementario. Las aseguradoras están obligadas a aceptar a cualquier solicitante del seguro básico. El paquete básico de prestaciones lo determina el Estado.

En el caso de trabajadores por cuenta ajena, el empresario deducirá y liquidará la cuota. En el caso de autónomos serán ellos mismos quienes liquiden la cuota. Para los pensionistas será el organismo pagador el que proceda a la deducción de la cuota y a su liquidación.

Se introduce una cuota nominal para el asegurado de aproximadamente 1.100 euros anuales. Esta debe ser abonada por el asegurado directamente a la aseguradora en cuestión.

Asimismo existe una cuota porcentual, que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena asciende al 7,20% del salario (sobre un máximo de 31.231 euros).

En el caso de beneficiarios de una prestación, además de abonar ellos mismos directamente la cuota nominal, el organismo pagador les deducirá de sus ingresos el 7,20% si se trata de la pensión de vejez AOW, la de Supervivencia Anw o de Incapacidad Laboral WAO, y un 5,1% de las demás pensiones que se perciban (por ejemplo, de un fondo de pensiones). Hay que aclarar, además, que los porcentajes citados se adeudarán sobre los ingresos universales, es decir, no sólo los ingresos de Holanda, sino también los que eventualmente se reciban de otro país. Los porcentajes mencionados se deducirán sobre un máximo de 31.231 euros.

WW (Desempleo)

La cuota se compone de tres partes: una que se ingresa en el "Algemeen Werkloosheidsfonds" (Fondo General de Seguro de Desempleo "Awf") y otra en un Fondo para el sector. La tercera es una aportación en los gastos de guarderías.

La cuota  WW se descuenta del salario hasta un importe máximo de € 177,03 por día. Se aplica  una franquicia de €  61,- por día para el empresario con respecto a la cuota (Awf).

 

Pensiones de vejez AOW. Cuantías

 

 (Cuantías en Euros) Prestación
(bruta por mes)
Paga de vacaciones
(bruta por mes)
Persona sola 984,86 53,68
Familia monoparental, hijo <18 años 1.222,72 69,02
Pareja (su pareja >65 años con pensión AOW) 673,84 38,35
Pareja con complemento máximo (su pareja <65 años) 1.347,68 76,70
Pareja sin complemento (su pareja <65 años) con pensión AOW antes de 01.02.94 984,96 53,68
Complemento máximo: pensión AOW antes de 01.02.94 362,82  
Complemento máximo: pensión AOW a partir de 01.02.94 673,84  

 

Prestaciones por viudedad y orfandad (Anw). Cuantías 

La pensión de viudedad y orfandad no podrá superar el 70% del Salario Mínimo Interprofesional neto. Para fijar la cuantía a la que se tenga derecho se tendrán en cuenta los demás ingresos del interesado.

 (Cuantías en Euros) Cuantía
(bruta por mes)
Paga vacaciones
(bruta por mes)
Viudedad

1.042,88

64,69

Medio huérfano

240,23

18,47

Huérfano hasta 10 años

333,72

20,70

"  "  de 10 hasta 16 años

500,58

31,05

"  "  de 16 hasta 21/27 años

667,44

41,40

 

 

Subsidio Familiar AKW. Cuantías  por trimestre e hijo

TABLA I: Hijos nacidos antes del 01.01.1995.

 

Nº de hijos
por familia
12 –17 años,  100%

1

2

3

4

5

6

271,70

305,54

316,82

341,61

356,48

366,40

 

 

TABLA II: Hijos nacidos a partir del 01.01.1995. Las cuantías dejan de ser dependientes del número de hijos

Edad Cuantías por trimestre

0 hasta 6 años

de 6 hasta 12 años

de 12 hasta 18 años

190,19

230,95

271,70

 

 


Prestaciones por incapacidad laboral de larga duración para  trabajadores autónomos WAZ. Cuantías

 

A partir de 01.08.2004 se derogó la ley WAZ. Desde esa fecha sólo pueden tener derecho a esta prestación las personas que al 01.08.2004 ya estuvieran percibiendo la prestación, o las que estando ya de baja por enfermedad en dicha fecha continuaron estándolo hasta el 01.08.2005.

 


Cuantías Wajong (Incapacitados prematuros antes de cumplir los 18 años)

 

La prestación Wajong cubre la contingencia de incapacidad laboral a partir de los 18 años para las personas que ya antes de haber alcanzado esa edad estaban incapacitados para el trabajo.

Base reguladora por día
  Edad Cuantías
  23 años o más 61,38
  22 52,17
  21 44,50
  20 37,75
  19 32,23
  18 27,93

 


Cuantías ZW (prestación por incapacidad laboral de corta duración)

 

Esta prestación sólo rige para colectivos de trabajadores muy concretos (entre otros: mujeres cuya baja por enfermedad sea consecuencia del embarazo o del parto, trabajadores con contratos temporales), ya que en la mayoría de los casos las primeras 104 semanas de la baja por enfermedad corren a cargo del empresario.

La cuantía de la prestación se calcula de manera proporcional de acuerdo con el salario que se perciba y se fija en un 70% de ese salario y como mínimo el Salario Mínimo Legal. Por Convenio se pueden establecer cuantías superiores al 70%.

Se establece un salario máximo por día de € 177,03.

 


Cuantías WAO (prestación por incapacidad laboral de larga duración)

 

La normativa prevé que esta prestación se concede al haber agotado el plazo de 104 semanas de la incapacidad laboral de corta duración. La cuantía depende del grado de incapacidad que se le reconozca al interesado.

Se fija como salario máximo por día la cuantía de €  177,03.

Cuantías WIA (Ley de Trabajo e Ingresos según Capacidad para el Trabajo)

 La Regulación de Reanudación del Trabajo por Incapacitados Laborales Parciales ("WGA").

Si no se trabaja se percibirá inicialmente una prestación "relacionada con el salario" por importe del 70% de lo que se ganaba antes de caer enfermo (con un máximo). Si se trabaja, además del nuevo salario se percibirá también una prestación cuya cuantía se establece en el 70% de la diferencia entre el salario que se está percibiendo y el que se ganaba anteriormente

La Regulación de Previsión de Ingresos para Incapacitados totales para el Trabajo ("IVA").

Una prestación basada en el último salario percibido: Si se está totalmente incapacitado de forma duradera, el trabajador recibirá una prestación del 70% de su último salario. Esta prestación se percibirá mientras no mejore el estado del beneficiario, pero hasta los 65 años como máximo.

Una prestación flexible: Si ya antes de transcurrir dos años es evidente que el trabajador está totalmente incapacitado para el trabajo y que no existe posibilidad de recuperación, el mismo puede entrar en consideración para un período de espera reducido, de manera que transcurridas como mínimo 13 y como máximo 78 semanas pueda solicitar una prestación en el marco de la Regulación "IVA". Si verdaderamente se declara al trabajador totalmente incapacitado de forma duradera, desde ese momento se percibirá dicha prestación. La obligación de seguir pagando el salario por parte del empresario continuará siendo de aplicación, sólo que la prestación se deducirá de dicho salario.

Para información más detallada ir a la página sobre Seguros de los Trabajadores.

 


Cuantías WW (prestación por desempleo)

 

Esta prestación se concede en caso de existir desempleo y se fija en el 70% del salario aplicable. Se distinguen tres tipos  (dependiendo del tipo se fija en el 70% del salario mínimo interprofesional o el último sueldo percibido por el trabajador). La duración de la prestación depende del periodo trabajado y de la edad del beneficiario.

 

Se fija como salario máximo por día  un importe de € 177,03.


Cuantías prestaciones asistenciales

Las prestaciones asistenciales en Holanda tienen un carácter complementario ya que su objetivo es garantizarle a todo ciudadano unos ingresos mínimos, el denominado Mínimo Social. Las cuantías a las que se puede causar derecho guardan relación con el Salario Mínimo Interprofesional neto.

 


Cuantías IOAW (pensión asistencial para trabajadores por cuenta ajena mayores en paro o parcialmente incapacitados)

 

La prestación IOAW se concede a trabajadores por cuenta ajena que, tras haber agotado la prestación por desempleo del régimen contributivo y la prestación por desempleo continuada,  tenían 50 años o más en el  momento de quedar en paro, y a incapacitados parciales que quedan en paro antes de cumplir los 50 años pero agotan la prestación contributiva y continuada por desempleo después de cumplir los 50 años.

 

Además pueden causar derecho a la misma incapacitados parciales que al momento de quedar en paro tenían menos de 65 años y perciben una prestación Wajong, basada en un grado de incapacidad laboral inferior al 80%.

 

Al contrario de la prestación asistencial WWB, para el cálculo no se tienen en cuenta otras rentas o patrimonio que perciba el beneficiario.

  Cuantías brutas por mes
Soltero 23 años o más Familia monoparental 21 años o más Pareja (ambos 21 años o más)

1.107,83

1.311,74

1.427,34

 

Cuantías IOAZ (pensión asistencial para trabajadores por cuenta propia mayores  en paro o parcialmente incapacitados)

 

La prestación IOAZ se concede a trabajadores por cuenta propia que queden sin empresa y que tengan 55 años o más o estén parcialmente incapacitados.

 

A efectos del cálculo de esta pensión se considerarán ingresos un 4% del patrimonio que supere la cuantía de € 117.004. 

  Cuantías brutas por mes
Soltero 23 años o más Familia monoparental 21 años o más Pareja (ambos 21 años o más) 1.107,83

1.311,74
 

1.427,34

Cuantías WWB ( Ley de Trabajo y Asistencia Social)

 

Para el cálculo de esta prestación se tendrá en cuenta el patrimonio del beneficiario, por encima de € 10.650 para familias y € 5.325 para personas solas. La paga de vacaciones supone el 4,7% de la cuantía de prestación.

 

  Cuantías  (netas) paga de vacaciones
De 21 años a 65 años
Pareja 1.201,05 59,23
Familia monoparental 840,74 41,45
Persona sola 600,52 29,62
Complemento máximo para personas solas 252,06 -
Menores de 21 años
Pareja (ambos < 21 años sin hijos) 415,03 20,47
Ídem con hijos 655,24 32,32
Pareja uno < 21 años sin hijos 808,04 39,85
Idem con hijos 1.048,25 51,70
Familia monoparental 447,73 22,08
Persona sola 207,52 10,23
65 años o más
Pareja (ambos 65 años o más) 1.259,71 62,13
Pareja, uno < 65 años 1.259,71 62,13
Familia monoparental 1.132,09 55,83
Persona sola 918,48 45,30

 

Cuantías Mínimo Social (TW)

 

La Ley de Suplementos (TW) prevé un suplemento para compensar las prestaciones de los seguros de trabajadores (desempleo, enfermedad, incapacidad laboral)  hasta el mínimo social.

 

Se tiene también derecho al 8% de paga de vacaciones sobre esta cuantía.

 

Cuantías Mínimo Social por mes;  se fijan de la siguiente manera:
Una persona sola
de 23 años o más
diferencia entre el 70% del SML e ingresos del interesado
Familia monoparental diferencia entre el 90% del SML e ingresos del interesado
Parejas diferencia entre el SML e ingresos del interesado

De todas formas la cuantía del suplemento no podrá ser superior a las siguientes cuantías:

 

Cuantías suplemento máximo por día (excluida la paga de vacaciones)
  Cuantías % del salario mínimo holandés
Una persona sola
de 23 años o más
47,17 70%
Familia monoparental 55,85 90%
Parejas 61,38 100%