Sí, la exportación de prestaciones supone el derecho a conservar las prestaciones por desempleo generadas en cualquier país miembro cuando el desempleado decida trasladarse a otro estado miembro, en este caso España, con la finalidad de buscar empleo.
Puede exportar las prestaciones que recibe de Francia a España, siempre que se trate de prestaciones contributivas, por un período máximo de 3 meses. Francia no da la posibilidad de prorrogar la exportación otros tres meses (mas información) - L’allocation chômage à l’étranger
Para ello debe solicitar el formulario Comunitario U2 en el servicio de Pôle Emploi en donde esté inscrito y que le abona las prestaciones por desempleo. Para tener derecho a exportar las prestaciones son necesarios los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de la prestación por desempleo francesa.
- Trasladarse a buscar empleo en España
- Haber estado inscrito como demandante de empleo en Francia al menos 4 semanas
Una vez en España, se debe entregar el documento U2 en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, en un plazo máximo de 7 días desde la fecha que figure en el U2 en que abandona Francia.
Puede encontrar más información en la página Web de pole-emploi y/o en la del Servicio Público de Empleo Estatal en España SOY EMIGRANTE QUE HA RETORNADO A ESPAÑA
Es importante solicitar antes de volver a España el formulario de la Unión Europea U1, con este formulario se acreditan las cotizaciones realizadas en Francia a efectos de solicitud en España de prestaciones por desempleo, si se transfieren prestaciones a España el documento U1 se lo daran una vez finalizada la transferencia. Lo deberá solicitar en: