Requisitos para residir y trabajar

Residencia inferior o igual a 3 meses

Los ciudadanos españoles y sus familiares tienen derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros durante un periodo máximo de 3 meses sin otra condición que disponer de un documento de identidad válido para entrar en Francia.

Residencia en los cinco primeros años

Para tener derecho a la residencia en Francia como trabajador, el ciudadano europeo ha de justificar que ejerce una actividad profesional en Francia.

No obstante, si no ejerce actividad profesional, conserva su derecho a residir en ciertos supuestos (incapacidad temporal, paro involuntario…)

En caso de no trabajar y no encontrarse en las situaciones anteriores, puede residir igualmente en Francia si tiene un seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para no constituir una “carga para la asistencia social”; si está inscrito en un centro de enseñanza o de formación profesional y dispone de recursos suficientes y de un seguro de enfermedad. También tienen derecho los ascendientes o descendientes que cumplan con los requisitos que acaban de citarse.

El trabajador europeo no tiene obligación de tener un permiso de residencia. No obstante, si lo solicita, la administración francesa está obligada a tramitar la solicitud y examinar si cumple los requisitos exigidos por la legislación para el derecho de residencia. Si los reúne, se les concede un permiso de residencia de la UE “para todas las actividades profesionales” de una duración máxima de 5 años.

Enlaces de interés sobre residencia en Francia de ciudadanos miembros de la UE:

Este derecho se concede igualmente, y con la misma reserva, a los miembros de la familia que poseen la nacionalidad de un Estado no miembro de la UE cuando han residido en Francia legalmente durante un periodo interrumpido de cinco años.

Miembro de familia de un europeo:

Residencia Permanente

Los ciudadanos europeos con cinco años de residencia legal  sin interrupción en Francia pueden solicitar el derecho a la residencia permanente salvo si representan una amenaza para el orden público.