Recomendaciones antes de salir de España

Documentos que debes preparar

Guarde siempre los originales, puede entregar fotocopias. Es conveniente que los escanee y los transforme en pdf para su uso por Internet.

  • DNI o pasaporte en curso de validez;
  • Partida de nacimiento plurilingüe (dirigirse al Registro civil o por Internet); este documento es esencial para poder solicitar el alta en la Seguridad Social francesa;
  • En el caso de exportación de prestaciones de desempleo no olvide el documento U2, facilitado por el SEPE;
  • El documento U1, por lo que conviene solicitarlo al SEPE antes de irse, para el caso que se quede en paro en Francia y así se le puedan tener en cuenta los periodos de tiempo cotizados en España ;
  • Tarjeta sanitaria europea (TSE) o CPS, en su caso, expedidos por el INSS;
  • Carné de conducir español (en caso de disponer de él);
  • Si va a trabajar como "autónomo" en actividades que necesiten la inscripción en el "registre de metiers", es necesario aportar las titulaciones correspondientes o los documentos que prueben que ha ejercido dicha profesión durante al menos tres años;
  • Documentos Europass, sobre todo el CV, el pasaporte de lengua y el suplemento a título;
  • Titulaciones (ver la pestaña ENIC-NARIC);
  • Referencias de las empresas que figuren en el CV, traducidas al francés.

 

¿Qué formularios de la Seguridad Social española puedo solicitar a través de la Consejería?

Entre otros, puede obtener los siguientes, si ha olvidado solicitarlos en España antes de venir a Francia o le ha surgido la necesidad de ellos estando en Francia:

  • Formulario S1, que certifica el derecho a la asistencia sanitaria en Francia a cargo de España (para obtenerlo se necesita contar de antemano con el formulario A1).
  • Formulario S1, que certifica el derecho a prestaciones sanitarias de los pensionistas que viven fuera del país de aseguramiento.
  • Certificados negativos de prestaciones de la seguridad social.
  • Certificado provisional sustitutorio de la Tarjeta Sanitaria Europea.

Si reúne los requisitos para ello y tiene interés en obtener alguno de esos certificados, diríjanos un mensaje a francia@mites.gob.es

El formulario U1 (declaración de periodos de seguro que deben contabilizarse para calcular la prestación por desempleo) debe solicitarse por el interesado directamente ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) correspondiente al último lugar de trabajo en España, según se indica en el apartado “Empleo/Desempleo en Francia”.

Exportación de la prestación por desempleo

Si percibe algún tipo de prestación económica por desempleo y piensa trasladarse a Francia para buscar trabajo, es conveniente informarse sobre sus posibilidades  de transferencia de su prestación a Francia en la oficina del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal ) que le corresponda:

y que, antes de salir, solicite una cita en su oficina de prestaciones para informarles de su decisión y ver con ellos en que condiciones podría continuar recibiéndolas o si se suspenderan y, en este caso, como las podría recuperar posteriormente.

Otros enlaces de interés:

Información para trabajadores desplazados

DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES A FRANCIA.

Antes de venir a Francia, los trabajadores españoles deben solicitar a la Seguridad social española los siguientes formularios comunitarios (esto se aplica tambien a los trabajadores autónomos):

  • A1. Este formulario certifica la legislación aplicable a un trabajador que no está afiliado a la seguridad social del país donde trabaja. Sustituye a los antiguos formularios E 101, E 102 y E103.  Este formulario debe solicitarse a la Tesorería General de la Seguridad Social competente.
  • S1. Este documento lo expide la Seguridad social española para que la persona asegurada y los miembros de su familia que residan en Francia puedan inscribirse al seguro de enfermedad francés del lugar de residencia para poder beneficiarse de las prestaciones en especie de dicho seguro. Este formulario deberá solicitarse al INSS. Para desplazamientos cortos la tarjeta sanitaria europea es, en principio, suficiente.

Puede obtenerse una más amplia información en:  http://www.seg–social.es y particularmente en http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Internacional/reglamentoscomunitarios2/regla1408/TrabDespRegCom2/index.htm Y 

https://www.cleiss.fr/independants/etranger_france883.php?from=espagne&nat=espagne

 

El seguro de enfermedad francés no cubre la totalidad del gasto sanitario, una parte del mismo corre a cargo del asegurado. El gasto puede ser importante en caso de hospitalización. Por ello, se recomienda la suscripción de un contrato con una mutualidad aseguradora privada y un seguro de repatriacion en caso de accidente.

 

Guia de  la Union Europea sobre el desplazamiento de trabajadores

Formularios